El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 32322, que autoriza el retiro del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de manera excepcional y temporal hasta el 31 de diciembre de 2026. Esta medida busca mitigar los efectos de la crisis económica y brindar alivio a los trabajadores ante situaciones excepcionales, como enfermedades graves.
La norma, publicada este jueves en el Diario Oficial El Peruano, beneficia a los trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo 650 y su Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR. La disposición establece que los fondos podrán ser retirados en su totalidad, incluyendo intereses acumulados, hasta la fecha límite del 31 de diciembre de 2026.
Cambios importantes en la ley
Entre las novedades más destacadas, la Ley 32322 modifica el artículo 4 del Decreto Legislativo 650, incorporando un régimen especial para trabajadores diagnosticados con enfermedades terminales o cáncer. En estos casos, los beneficiarios podrán retirar el 100 % de sus fondos CTS previa acreditación médica ante su empleador. El cálculo del monto disponible se hará tomando como referencia la fecha de presentación de la solicitud.
Retiro parcial permitido de la CTS
Además del retiro total, la ley también habilita a los trabajadores a realizar retiros parciales de libre disposición, siempre que no excedan el 50 % del total del depósito y sus intereses, sin necesidad de cesar su vínculo laboral. Esto proporciona mayor flexibilidad financiera a los trabajadores activos.
El Poder Ejecutivo tiene un plazo de 30 días calendario para adecuar el reglamento correspondiente, con el objetivo de hacer operativa esta medida, que busca atender las urgencias económicas de millones de peruanos afectados por el desempleo, la informalidad y los altos costos de vida.
Esta disposición se suma a otras iniciativas similares, como los retiros extraordinarios de fondos de las AFP aprobados en años recientes, que han permitido a miles de trabajadores enfrentar situaciones económicas adversas.